DESCRIPCIÓN
Moderna casa en alquiler en Pinamar Con Pileta
Capacidad 6 Personas
COMODIDADES: Living - comedor. Cocina integrada con barra desayunadora. Toilette de recepción. Heladera con freezer, Anafe, Horno, Lavarropas automático, Smart TV, Equipo de Musica y cava 28 Botellas. Vajilla Completa para 10 Personas.
Dormitorio principal en suite con Sommier 2 plazas (2 años de uso) y amplio vestidor. Totalmente privado con salida al parque y vista a la Pileta. Smart TV y Aire Acondicionado.
Planta Alta Dos Dormitorios Con Smart TV, Sommier de 1 plaza, amplio placar, antebaño con dos bachas, baño completo y escritorio doble.
Garaje Descubierto. Amplia Parrilla. Cerco Perimetral. Alarma Monitoreada (IASSA) Fogonero y juego de Living de Ratan exterior.
Pileta no climatizada de 7,40 x 3mts.
Incluye servicios
No incluye ropa blanca: sábanas ni toallas
Internet, Cable, Tel (TELPIN) Alarma monitoreada (IASSA)
Jardinero 1 vez x semana
Piletero 2 veces x semana
Costo de la limpieza final $ 15000
No se aceptan grupos de jóvenes.
No se aceptan mascotas.
Febrero 1er quincena USD 3700
Febrero 2da quincena USD 3700
EL VALOR DE PUBLICACIO NO INCLUYE IVA
La propiedad que figura en esta publicación se encuentra a cargo del profesional matriculado Gustavo Nogueira, matricula CUCICBA 7492 / CMCPD T° III F° 673 N° 1920, por lo tanto la intermediación y la conclusión de las operaciones serán llevadas EXCLUSIVAMENTE por él.
En cumplimiento de la Ley 10.973 de la Provincia de Buenos Aires, Ley Nacional 25.028, Ley Nacional 20.266, Ley 22.802 de Lealtad Comercial, Ley 24.240 de Defensa al Consumidor, las normas del Código Civil y Comercial de la Nación y Constitucionales, los asesores NO ejercen el corretaje inmobiliario.
Ley 5115: EXCEPTO que en la descripción de la propiedad se indique lo contrario, el edificio puede no contar con rampa para personas con movilidad reducida, y no ser Accesible para personas con discapacidades físicas.
En cumplimiento de la Ley 5859, Art. 4°, se deja constancia que “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”.-
Todas las medidas son aproximadas y se exponen al solo efecto informativo, las cuales no deben ser consideradas como definitivas, ni absolutas.